Nueva regulación legal europea para residuos de ácido fosfónico en alimentos

La Comisión Europea ha cambiado la definición de residuo de fosetil-Al, fosfonatos de potasio y fosfonatos de disodio por la de “ácido fosfónico y sus sales”, y ha actualizado los límites máximos de residuos (LMR) existentes de estas sustancias en determinados productos. Debido a un informe de recomendación de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria EFSA (2021) donde sugiere que, dado que estas tres sustancias activas se degradan en ácido fosfónico, era conveniente evaluar conjuntamente sus residuos. Además de su uso como sustancias activas en productos fitosanitarios, los fosfonatos de potasio también son componentes de otros productos de importancia agrícola (por ejemplo, fertilizantes, fitofortificantes, estiércol o enmiendas del suelo). Por lo tanto, el tratamiento autorizado de las plantas con dichos productos puede dar lugar a la detección de residuos de ácido fosfónico en los respectivos productos agrícolas, y la contribución de estos usos no fitosanitarios debe tenerse en cuenta a la hora de establecer LMR para estas sustancias. Por consiguiente, la Comisión solicitó a la Autoridad que emitiera, de conformidad con el artículo 43 del Reglamento (CE) n.o 396/2005, un dictamen motivado sobre la revisión conjunta de los LMR de fosetil, fosfonatos de potasio y fosfonato de disodio, teniendo también en cuenta los residuos procedentes de fuentes distintas del uso de productos fitosanitarios.

Fuente: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:L_202500581